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SCJN reconoce autogobiernos indígenas sin crear cuarto nivel gobierno

Ciudad de México, 27 de febrero del 2026

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó un fallo histórico que reconoce a los autogobiernos indígenas y garantiza su acceso directo a recursos públicos, aunque aclaró que ello no constituye un “cuarto nivel de gobierno”, como solicitaban algunas comunidades. La decisión unánime de ocho votos se dio durante la primera sesión itinerante en la plaza principal de Tenejapa, Chiapas, ante unas 2 mil personas.

El proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, que resolvió el amparo promovido por la comunidad La Candelaria, señaló que el Congreso de Chiapas incurrió en omisión legislativa al no establecer mecanismos para reconocer el autogobierno indígena ni garantizar el acceso proporcional a recursos públicos. Por ello, ordenó a las autoridades estatales y municipales garantizar el ejercicio del autogobierno y la entrega de recursos en un plazo de 90 días naturales. Además, instruyó al Congreso estatal legislar en 180 días posteriores a la entrada en vigor de la ley general en materia de pueblos indígenas y afromexicanos, aún en proceso en el Congreso federal.

La sentencia se basa en la reforma constitucional de 2024, que reconoce el derecho de los pueblos originarios a la libre determinación, autonomía, elección de autoridades y preservación de sus lenguas y conocimientos. El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz resaltó que el fallo convierte el reconocimiento formal en un derecho efectivo, implicando respeto a la asamblea, autoridades y normas comunitarias.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que la decisión reafirma que el multiculturalismo y la protección de pueblos ancestrales son pilares de la democracia constitucional. Aunque la comunidad había solicitado que su autogobierno fuera considerado un cuarto nivel de gobierno, el proyecto aprobado estableció que la medida coexiste con las estructuras federales y municipales existentes, reforzando la libre determinación sin alterar el diseño federal.

Este fallo marca un precedente nacional para que otras comunidades indígenas puedan ejercer su autonomía y administrar sus propios recursos, consolidando el reconocimiento jurídico y práctico de los derechos ancestrales en México.

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